PROTECCIÓN
JURÍDICA DEL SOFTWARE Y LA
CONTROVERSIA DOCTRINAL SOBRE SU PERTENENCIA
AL
ÁMBITO DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD
INTELECTUAL
1. EL SOFTWARE
Programas
en la pantalla de un computador. Se
denomina software (también
programática o equipamiento lógico) a todos los componentes intangibles de un
ordenador o computadora, es
decir, al conjunto de programas y procedimientos necesarios
para hacer posible la realización de una tarea específica, en contraposición a
los componentes físicos del sistema (h). Esto incluye aplicaciones informáticas tales
como un procesador de
textos, que permite al usuario realizar una tarea, y software de sistema como
un sistema operativo, que permite al resto de programas funcionar
adecuadamente, facilitando la interacción con
los componentes físicos y el resto de aplicaciones.
1.1 ELEMENTOS DEL SOFTWARE
- REGISTRO
De Entrada: cuando llevan información de entrada
De Salida : Los que contienen los resultados
Temporales : Los creados por el sistema mientras dura el proceso.
De Salida : Los que contienen los resultados
Temporales : Los creados por el sistema mientras dura el proceso.
- CAMPO: Archivos de backup o copias de seguridad que llevan la información importante que debemos obtener periódicamente para evitar que por accidente se destruya,De programa o ejecutable que contienen un programa para trabajar con los datos
- CARACTERES :Es un conjunto de campos referentes a un mismo objeto o concepto, que forman una unidad lógica
- DATO :Contiene un dato con significado propio
1.2 CLASES DE SOFTWARE
El
software es un ingrediente indispensable para el funcionamiento del computador.
Está formado por una serie de instrucciones y datos, que permiten aprovechar
todos los recursos que
el computador tiene, de manera que pueda resolver gran cantidad de problemas. Un
computador en sí, es sólo un conglomerado de componentes electrónicos; el
software le da vida al computador, haciendo que sus componentes funcionen de
forma ordenada. El software es un conjunto de instrucciones detalladas que controlan la
operación de un sistema computacional.
Funciones
del software:
·
Administrar los recursos de cómputo
·
Proporcionar las herramientas para optimizar estos
recursos.
·
Actuar como intermediario entre el usuario y la
información almacenada.
1.3 TIPOS
DE SOFTWARE
- Software del sistema: Es un conjunto de programas que administran los recursos de la computadora. Ejemplos: Unidad central de proceso, dispositivos de comunicaciones y dispositivos periféricos, el software del sistema administra y controla al acceso del hardware.
- Software de aplicaciones: Programas que son escritos para o por los usuarios para realizar una tarea específica en la computadora. Ejemplo: software para procesar un texto, para generar una hoja de cálculo, el software de aplicación debe estar sobre el software del sistema para poder operar.
- Software de usuario final: Es el software que permiten el desarrollo de algunas aplicaciones directamente por los usuarios finales, el software del usuario final con frecuencia tiene que trabajar a través del software de aplicación y finalmente a través del software del sistema.
2. LA PROPIEDAD INTELECTUAL
La
propiedad intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente: las
invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los
nombres, las imágenes y los dibujos y modelos utilizados
en el comercio. La propiedad intelectual se
divide en dos categorías: la propiedad industrial, que incluye las invenciones,
patentes, marcas, dibujos
y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen; y el derecho de autor, que
abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas,
los poemas y
las obras de teatro, las
películas, las obras musicales, las obras de arte, tales
como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños
arquitectónicos.
2.1 NATURALEZA
DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL:
· Uno de los atributos de la persona, es
el patrimonio, este se
traduce en bienes materiales (tangibles)
e inmateriales (intangibles) como el derecho intelectual. El derecho
intelectual es el conjunto de normas que
regulan las prerrogativas y beneficios que las leyes reconocen
y establecen en favor de los autores y de sus causahabientes por la creación de
obras artísticas, científicas, industriales y comerciales.
· Tiene su fundamento en el artículo 28 de la Constitución de
los Estados Unidos Mexicanos.
"En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las
prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en
los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a
las prohibiciones a título de protección a la industria".
· Tampoco constituyen monopolios los privilegios que
por determinado tiempo se
concedan a los autores y artistas para la producción de sus obras y los que
para el uso exclusivo de sus inventos, se
otorguen a sus inventores y perfeccionadores de alguna mejora". Estas
disposiciones constitucionales son las que sirven de apoyo a la legislación
sobre derechos de
autor y propiedad industrial.
3. EL SOFTWARE
EN NUESTRA LEGISLACIÓN
3.1 LOS DERECHOS DE AUTOR:
Los
derechos de autor, incluido el software, son protegidos por el Decreto
Legislativo 822, la Decisión Andina 351, el Decreto Ley 25868, el Código Penal
(artículos 216º al 221º), la Convención Universal sobre Derecho de Autor y el
Convenio de Berna. También los protege la Constitución Política.
Toda
copia de software que no cuente con la licencia original de uso, expedida por
el fabricante para el territorio peruano, será considerada ilegal, sin importar
su origen o presentación.
3.2 LA OFICINA DE DERECHO DE AUTOR
DEL INDECOPI
La
Oficina de Derechos de Autor del Indecopi protege el software a través del
registro de éste y de las acciones administrativas que lleva a cabo.
Esta
Oficina vela por el cumplimiento de las normas legales que protegen al autor
con respecto a su obra, así como a todo titular de derechos sobre la misma
creación intelectual. También protege a los herederos o cesionarios.
Las
obras intelectuales que se salvaguardan son las literarias, artísticas y
literario - científicas, incluyéndose a los programas de computación.
3.3 LA PIRATERÍA DE SOFTWARE Y LA
LEGISLACIÓN PERUANA
Si
bien es cierto que la piratería peruana de software aún es elevada, es cierto
también que en los últimos años ha disminuido significativamente. Gustavo León
considera que esto se debería a que en la actualidad el Perú ya cuenta con una
legislación acorde con los tratados internacionales y con las exigencias
mínimas que se requieren en el extranjero para proteger cualquier propiedad
intelectual. Gustavo León explica además que las empresas infractoras no
venden el software, sino que son las usuarias finales del programa de
computación; que lo utilizan en un número mayor a lo autorizado: compran un original
y a partir de éste los reproducen en las demás máquinas. No reproducen el
software para beneficiar sus ventas, pero sí para utilizarlo en las operaciones
comerciales de la empresa.
Termina
diciendo que este tipo de piratería “corporativa” –cuyo fin es lucrar- es muy
común en el mercado, y afecta, en forma significativa, a las empresas que
actúan en el marco de la ley y asumen el costo de la legalidad.


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